miércoles, 10 de febrero de 2010

EVOLUCION DE LAS FINANZAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PODER POPULAR
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“SIMÓN RODRÍGUEZ”
NÚCLEO PALO VERDE

FINANZAS E IMPUESTO

PROFESOR:
CARMEN CAÑIZALEZ
INTEGRANTES:
LISMELLY FREITES
KARELIS RAMIREZ
KLEIBELIN ROSAMI
NESDALY CASTRO
LEIDY ALCANTARA
JOSE LOVERA
CHERRY DELAGADO

Caracas, Octubre de 2009


EVOLUCION DE LAS FINANZAS EN VENEZUELA

Venezuela es un país con grandes recursos humanos y recursos naturales renovables y no renovables, recursos que de haber sido canalizados en su momento de manera eficaz y eficiente nuestro país sería hoy día una potencia económica, pero en las últimas dos décadas los resultados económicos han sido decepcionantes debido a la aplicación de políticas económicas erróneas. Como consecuencia del aumento del precio del petróleo en los años 1973 y 1974 se produjo una expansión transitoria del crecimiento económico impulsada por la demanda, pero a pesar de una segunda alza de dichos precios en petróleo en 1979 y 1980, el crecimiento anual per cápita fue negativo en el período comprendido entre 1979 y 1985. Desde 1983 en adelante el poder adquisitivo de la inmensa mayoría de las personas a disminuido debido a constantes devaluaciones y una inflación que hoy es una de las más altas. El empleo público, que abarca alrededor del 15% de la fuerza de trabajo, ha sido un pesado lastre que en nada ha contribuido a mejorar la situación económica y social del país, esta es una inmensa suma, que supera el producto bruto de muchos países de la región.
Entre los años 1986 y 1988 se pusieron en marcha políticas de expansión que llevaron a un aumento transitorio del crecimiento. Dichas políticas, sin embargo, resultaron insostenibles, la inflación aumentó, las reservas externas disminuyeron y se produjo una escasez generalizada.
Luego de un corto período de crecimiento económico en los primeros años de la década de los noventa, entre 1992 y 1994 pero que no se traduce en una mejor calidad de vida para los habitantes: las escuelas y los hospitales de la nación están en ruinas, las carreteras siguen sin terminarse, no hay nuevas obras de infraestructura desde hace décadas y ni siquiera se ha podido restablecer la vialidad y los servicios básicos, esto conlleva que las condiciones económicas políticas y sociales de Venezuela se deterioren considerablemente.
A principios de 1.996, el gobierno puso en marcha un programa económico de Estabilización y Reformas Estructurales denominado "Agenda Venezuela", cuya fase inicial tuvo como objetivo el restablecimiento de los equilibrios macroeconómicos, incluía la unificación de los tipos de cambio, que en un primer momento se encontraban bajo un sistema cambiario flotante y que posteriormente fue reemplazado por bandas cambiarias; la liberalización de las tasas de interés; la eliminación de la mayor parte de los controles en los precios, y el ajuste del precio interno de los combustibles.
Petróleos de Venezuela (PDVSA), dio inicio a la modalidad de "Apertura Petrolera", que consistía en otorgar contratos a empresas privadas, para la exploración y explotación de petróleo, algo parecido a la política implantada por el gobierno del general Gómez, pero con la diferencia que estas concesiones son cedidas, en este caso a la empresa que mayor porcentaje de ganancia deje al país. Hacia 1.997 la economía del país una economía monoproductora dependiendo en su mayor porcentaje del sector petrolero y con serios desequilibrios estructurales, que incluían un aumento del déficit fiscal, un déficit en la cuenta corriente externa, un elevado nivel de desempleo, elevados índices de inflación y elevados actos de corrupción.
Uno de los problemas que ha debido enfrentar Venezuela en la última década ha sido su dependencia económica del petróleo y la baja generalizada de los precios reales de este producto así como de los ingresos por este concepto , exceptuando 1.999 cuando su valor durante todo el año está en US$16 por barril. La contribución del petróleo al PIB total aumentó de aproximadamente el 21% a principios de los años noventa, al 26% a finales de esa década. Al mismo tiempo, la participación de la agricultura en el PIB disminuyó de alrededor del 6% en 1990, al 4% en 1998, la participación de la industria manufacturera disminuyó de aproximadamente el 13% al 10%, y del sector de servicios se mantuvo en alrededor del 60% del PIB. La participación de los productos de exportación distintos del petróleo ha sido, en promedio, inferior al 25% de las cifras totales de exportación, lo que refleja la falta de diversificación fuera del sector petrolero y el impacto que ha tenido, a lo largo del tiempo, la sobrevaloración de la moneda en la competitividad externa. En estas circunstancias, los salarios reales disminuyeron significativamente y el desempleo aumentó. A pesar de la existencia de un salario mínimo obligatorio durante la mayor parte del período comprendido entre 1990 y 1999, el salario real medio disminuyó aproximadamente un 23%. La caída del salario real afectó a todos los sectores del mercado laboral.
Durante el segundo trimestre del año 2000, el PIB creció entre 2% y 3% en relación con igual período del año anterior (tras una expansión de alrededor del 0,3% en el primer trimestre), dando una señal de recuperación económica después de una caída del 7,2% en 1999.
En agosto de 2.000 la inflación se redujo al 15%, la tasa más baja de los últimos 14 años que, además, se ajusta a la meta de 16% fijada por el gobierno para el año 2000.
Sin embargo, algunas medidas clave adoptadas por el gobierno a comienzos de año, tales como la reducción de 1% del IVA, la eliminación del impuesto de débito bancario, y el aumento de los gastos corrientes, sumado a una baja recaudación de impuestos y a la disminución de los ingresos por tal concepto debido al bajo crecimiento económico, han conducido al deterioro del déficit fiscal correspondiente a los sectores no relacionados con el petróleo.
Aun así, el desempleo aumentó, afectando especialmente a los trabajadores no calificados, a las mujeres y los jóvenes, y a la población urbana. Aunque no hay consenso sobre el verdadero nivel de pobreza en Venezuela, todos están de acuerdo en que el crecimiento ha continuado. Tanto la pobreza como la desigualdad se han mantenido por debajo del promedio para el resto de América Latina. Actualmente el gobierno enfrenta los mismos problemas de otras administraciones anteriores: un creciente déficit, presiones sobre la moneda y una inflación que comienza otra vez a salirse de control.



LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

CONCEPTO

La actividad financiera del Estado consiste en el diseño y ejecución de un conjunto de operaciones, con el objetivo de lograr la satisfacción de las necesidades colectivas prioritarias, es decir, que comienza desde el momento que el Estado logra los ingresos públicos. Estos ingresos provienen de la renta que producen los bienes que el Estado posee como un particular, o de las rentas que obtienen las personas o entes privados por su actividad económica, y continúa la actividad financiera cuando tales recursos así obtenidos los invierte o gasta el Estado en la satisfacción de las necesidades de la colectividad a través de los servicios públicos.

FASES DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA

La actividad financiera tiene dos fases principales:
1. Fase recaudatoria o de ingresos. Los ingresos públicos los obtiene el Estado ya sea de los bienes que él puede poseer como un particular por ejemplo, productos o rentas de fincas, fábricas o empresas públicas, e ingresos que el Estado obtiene de la renta del sector privado pasa al Estado, a través principalmente del canal de Impuesto.
2. Fase de gastos- La segunda fase es la de inversión de los recursos obtenidos en la fase recaudatoria para satisfacción de necesidades públicas. Es la fase del gasto público.
Estas dos fases se presentan cronológicamente en el orden citado. Primero se obtienen los ingresos y después se hacen los gastos pero sin embargo en el orden lógico o filosófico, el gasto debe colocarse primero que el ingreso ya que la causa y la razón de que el Estado desarrolle una actividad recaudatoria y obtenga ingresos públicos está en que existan gastos que efectuar para satisfacer necesidades.

OBJETIVOS DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

 La actividad financiera permite recaudar ingresos.
 Los ingresos recaudados se destinan al financiamiento del gasto para la satisfacción de las necesidades colectivas.
 Regular el comportamiento de los agentes económicos, con el objeto de satisfacer el mayor número de necesidades públicas.

SUJETOS A REGULACION

Según el Artículo 6 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico, “Están sujetos a las regulaciones de esta Ley, con las especificidades que la misma establece, los entes u organismos que conforman el sector publico, enumerados seguidamente:
1. La República.
2. Los estados.
3. El Distrito Metropolitano de Caracas.
4. Los distritos.
5. Los municipios.
6. Los institutos autónomos.
7. Las personas jurídicas estatales de derecho
Público.
8. Las sociedades mercantiles en las cuales la República o las demás personas a que se refiere el presente artículo tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento del capital social. Quedarán comprendidas además, las sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función, a través de la posesión de acciones de otras sociedades, sea coordinarla gestión empresarial pública de un sector de la economía nacional.
9. Las sociedades mercantiles en las cuales las personas a que se refiere el numeral anterior tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento del capital social.
10. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás instituciones constituidas con fondos públicos o dirigidas por algunas de las personas referidas en este artículo, cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o contribuciones en un ejercicio efectuados por una o varias de las personas referidas en el presente artículo, represente el cincuenta por ciento o más de su presupuesto.

DERECHOS QUE RIGEN LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO
La mayoría de los juristas sostienen que la expresión más procedente sería la del Derecho Financiero" ya que aunque lo "financiero" se relaciona con actividades económicas el sector privado; tales como, bolsas de valores, banca privada, banca del Estado, y grandes negocios, encuentra mayor peso e incluso raíz filológica en los pertenecientes a la Hacienda. Esto pudiera tener su basamento en la preocupación por el estudio de los ingresos públicos; especialmente, del impuesto con fines fiscales. Por tanto, todo el sistema filosófico resultante de esta posición tuvo una acusada proyección en el campo jurídico y su consecuencia fue el desarrollo del Derecho Tributario que creó todas las normas jurídicas relativas al impuesto.
Pero no debe olvidarse que la hacienda recauda para gastar, por lo que no solamente deben estudiarse los ingresos públicos sino también los gastos públicos en conjunto. La herramienta gerencial más adecuada para realizar este binomio financiero es el Presupuesto Nacional. El Derecho Fiscal es la rama del derecho que estudia la actividad desarrollada por el Fisco. Esta rama del Derecho trata en el campo jurídico los principios del gasto, de los diversos tipos de ingresos del Estado, impuestos, el crédito público y el presupuesto.
Así el Derecho Fiscal sería "el conjunto de normas jurídicas que regulan la obtención, la conservación y el empleo por parte del Estado de los medios necesarios para hacer frente a los gastos públicos.
Las normas de Derecho relativas a la actividad financiera tienen una parte general de carácter no permanente y una parte especial relativa a los diversos impuestos de cada país.







FUNCION DE ESTADO

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO

SU OBJETO
Articulo 1 “Esta Ley tiene por objeto regular la administración financiera, el sistema de control interno del sector público, y los aspectos referidos a la coordinación macroeconómica, al Fondo de Estabilización Macroeconómica y al Fondo de Ahorro Intergeneracional”.


ESTRUCTURA

Artículo 30.- La ley de presupuesto constará de tres títulos cuyos contenidos serán los siguientes: TITULO I Disposiciones Generales TITULO II Presupuestario De Ingresos Y Gastos Y Operaciones De Financiamiento De La República, TITULO III Presupuesto De Ingresos Y Gastos Y Operaciones De Financiamiento De Los Entes Descentralizados Funcionalmente De La República, Sin Fines Empresariales, TITULO III Presupuesto De Ingresos Y Gastos Y Operaciones De Financiamiento De Los Entes Descentralizados Funcionalmente De La República, Sin Fines Empresariales

EL PRESUPUESTO PUBLICO (Articulo 12)
Los presupuestos públicos comprenderán todos los ingresos y todos los gastos, así como las operaciones de financiamiento sin compensaciones entre sí, para el correspondiente ejercicio económico financiero.
Con el proyecto de ley de presupuesto anual, el Ministerio de Finanzas presentará los estados de cuenta anexos en los que se describan los planes de previsión social, así como la naturaleza y relevancia de riesgos fiscales que puedan identificarse, tales como:
1.- Obligaciones contingentes, es decir, aquellas cuya materialización efectiva, monto y exigibilidad dependen de eventos futuros inciertos que de hecho pueden no ocurrir, incluidas
Garantías y asuntos litigiosos que puedan originar gastos en el ejercicio.
2.- Gastos tributarios, tales como excepciones, exoneraciones, deducciones, diferimientos y
Otros sacrificios fiscales que puedan afectar las previsiones sobre el producto fiscal tributario
Estimado del ejercicio.
3.- Actividades casi fiscales, es decir, aquellas operaciones relacionadas con el sistema financiero o cambiario, o con el dominio público comercial, incluidos los efectos fiscales previsibles de medidas de subsidios, de manera que puedan evaluarse los efectos económicos y la eficiencia de las políticas que se expresan en dichas actividades.
La obligación establecida en este artículo no será exigible cuando tales datos no puedan ser
Cuantificables o aquellos cuyo contenido total o parcial haya sido declarado secreto o confidencial de conformidad con la ley.








CICLO DEL PRESUPUESTO
1. Formulación: El presidente de la República, en Consejo de Ministros, fijará anualmente los lineamientos generales para la formulación del proyecto de ley de presupuesto y las prioridades de gasto.
2. Ejecución: Se concibe como un conjunto de acciones para lograr los objetivos y metas establecidas en el presupuesto.
3. Evaluación y control: Consiste en una serie de actividades que se realizan a los fines de medir los resultados obtenidos en la ejecución, evaluarlos y establecer medidas correctivas, si es el caso.

OTROS AMBITOS DE LA ADMINISTRACION DELSECTOR PÚBLICO
SISTEMA DE CREDITO PÚBLICO
Artículo 96.- Se crea la Oficina Nacional de Crédito Público como órgano rector del Sistema de Crédito Público, la cual estará a cargo de un jefe de oficina, de libre nombramiento y Remoción del Ministro de Finanzas, y tendrá por misión asegurar la existencia de políticas de endeudamiento, así como una eficiente programación, utilización y control de los medios de financiamiento que se obtengan mediante operaciones de crédito público. A tales efectos, la
Oficina Nacional de Crédito Público tendrá las siguientes atribuciones:
1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera que para
El sector público nacional elabore el Ministerio de Finanzas.
2. Proponer el monto máximo de endeudamiento que podrá contraerla República en cada ejercicio presupuestario, atendiendo a lo previsto en la ley del marco plurianual del presupuesto y a las políticas financiera y presupuestaria definidas por el Ejecutivo Nacional.
3. Mantener y administrar un sistema de información sobre el mercado de capitales que sirva para el apoyo y orientación a las negociaciones que se realicen para emitir empréstitos o contratar préstamos, así como para intervenir en las mismas.
4. Dirigir y coordinarlas gestiones de autorización, la negociación y la celebración de las operaciones de crédito público.
5. Dictar las normas técnicas que regulen los procedimientos de emisión, colocación, canje, depósito, sorteos, operaciones de mercado y cancelación de la deuda pública.
6. Dictar las normas técnicas que regulen la negociación, contratación y amortización de préstamos.
7. Registrar las operaciones de crédito público en forma integrada al sistema de contabilidad pública.
8. Realizar las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
9. Dirigir y coordinar las relaciones con inversionistas y agencias calificadoras de riesgos.
10. Las demás atribuciones que le asigne la ley






SISTEMA DE TESORERÍA

Artículo 105.- El Sistema de Tesorería está integrado por el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos a través de los cuales se presta el servicio de tesorería.

SISTEMA DE CONTABILIDAD PÚBLICA

Artículo 121.- El Sistema de Contabilidad Pública comprende el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos técnicos que permiten valorar, procesar y exponerlos hechos económico financieros que afecten o pueden llegar a afectar el patrimonio de la República o de sus entes descentralizados.

SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Artículo 131.- El sistema de control interno tiene por objeto asegurar el acatamiento de las normas legales, salvaguardar los recursos y bienes que integran el patrimonio público, asegurar la obtención de información administrativa, financiera y operativa útil, confiable y oportuna para la toma de decisiones, promoverla eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de los planes, programas y presupuestos, en concordancia con las políticas prescritas y con los objetivos y metas propuestas, así como garantizar razonablemente la rendición de cuentas.

FONDO DE ESTABILIZACION FINANCIIERA

Artículo 146.- A los fines de promover y defenderla estabilidad económica, el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela celebrarán anualmente un convenio para la armonización de políticas que regirá para el ejercicio económico financiero siguiente.
En dicho acuerdo se especificarán los objetivos de crecimiento, balance externo e inflación, y sus repercusiones sociales; los resultados esperados en el ámbito fiscal, monetario, financiero y cambiario; las políticas y acciones dirigidas a lograrlos; las responsabilidades del Ejecutivo Nacional y del Banco Central de Venezuela; así como las interrelaciones
Fundamentales entre la gestión fiscal que corresponde al Ejecutivo Nacional y la gestión
Monetaria y cambiaría a cargo del Banco.

Artículo 152.- En todo caso, la República transferirá al Fondo de Estabilización Macroeconómica los siguientes recursos:
1. Un porcentaje del ingreso ordinario petrolero adicional, calculado después de deducida la
Porción que deba aplicase para subsanar, razonablemente, la brecha entre el ingreso ordinario no petrolero efectivamente percibido y el presupuestado inicialmente para cada ejercicio, sin menoscabo de las medidas de ajuste que se impongan. La ley especial del Fondo establecerá los parámetros para el cálculo de los ingresos adicionales petroleros.
2. Los ingresos netos provenientes de la privatización de bienes, empresas o servicios propiedad de la República. Los demás que determine la ley.
3. Los aportes provenientes de ingresos ordinarios se determinarán una vez deducidas las preasignaciones de estos ingresos establecidas en la Constitución para los estados y el Poder Judicial.


FONDO DE ESTABILIZACION FINANCIIERA MACROECONOMICO

Artículo 150.- El Fondo para la Estabilización Macroeconómica será un fondo financiero de
Inversión sin personalidad jurídica, tendrá por objeto garantizar la estabilidad de los gastos a nivel nacional, regional y municipal, frente a las fluctuaciones de las ingresos ordinarios y se regirá por las disposiciones de esta Ley y de la ley que regule su funcionamiento.

FONDO DE AHORRO INTERGENERACIONAL

Artículo 155.- Mediante ley especial se establecerá un Fondo de Ahorro Intergeneracional a largo plazo, destinado a garantizar la Sostenibilidad Intergeneracional de las políticas públicas de desarrollo, especialmente la inversión real reproductiva, la educación y la salud, así como a promover y sostener la competitividad de las actividades productivas no petroleras.


CONCLUSION



La evolución de las finanzas es un tema muy importante ya que dependemos de la inflación, a pesar de los años en Venezuela, se ha manejado con estricta observación los casos que ha habido, sin embargo para levar a cabo una finanzas en un estado se deben de tener cuenta que decisión tomar, ya que eso puede alterar el flujo de la inflación monetaria o no, para entonces la finanzas de un estado debe estar estrictamente constituyendo cada norma establecida.



La actividad financiera es en la que podemos llevar los recursos de gran importancia que este tenga para su mayor productividad y así sacar un buen provecho y distribuirlo a un ente publico que pueda satisfacer las necesidades de la demanda de personas.



Podemos distinguir dos fases sobre la actividad financiera, la primera es el recaudatorio que son los ingresos que entran a la empresa; y la segunda fase es gastos que es donde invertimos a esos recursos para así satisfacer a la demanda que se enriquecen con ese bien.



Para llevar a cabo estas finanzas se deben seguir ciertas normas, en nuestro país, le corresponde a la Ley Orgánica de Administración Financiera en el Sector Publico (LOAFSP), que tiene por objetivo principal el regular la administración financiera de un estado..

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